Tenemos un plan para Paradas

El planeamiento urbanístico general vigente de Paradas lo constituyen las Normas Subsidiarias Municipales, aprobadas definitivamente el 11/2/2005, y el Texto Refundido de las Normas Urbanísticas, aprobado en Pleno Municipal el 25/5/2005.

Estas Normas fueron una Revisión de las Normas Subsidiarias Municipales de 1983 y en la actualidad se encuentran adaptadas a la ahora antigua Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), mediante Adaptación Parcial, desde octubre de 2008, asimilando su denominación a la de Plan General de Ordenación Urbanística. Con vigencia desde el 20 de marzo de 2009.

Después de casi dos décadas desde la formulación de las normas subsidiarias, las circunstancias sociales, culturales, tecnológicas y económicas de Paradas han cambiado.

Por todo ello, Paradas comienza hoy la redacción de un nuevo marco de ordenación urbanística, el Plan Básico de Ordenación Municipal  (PBOM). Este instrumento de ordenación urbanística, debe su nueva nomenclatura a la nueva ley urbanística en Andalucía, la LISTA (Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía).

El nuevo PBOM establecerá un modelo urbanístico y territorial adecuado al contexto socioeconómico y realidad urbana actual, repercutiendo directa o indirectamente en múltiples cuestiones de la vida de la ciudadanía y sus generaciones futuras.